Publicado el Real Decreto Ley para su uso en la calle. Consulta aquí las excepciones.

Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 30/2021 de 23 de diciembre por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Respecto al uso obligatorio de mascarilla, es obligatorio para toda persona mayor de 6 años en espacios cerrados de uso público o abierto al público, al aire libre o abierto al público, en los medios de transporte público, en los transportes privados de hasta 9 plazas si los ocupantes del vehículo no son convivientes.
    El Real Decreto tiene excepciones para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria; en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible; en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan; y en el exterior durante la práctica de deporte individual así como durante la realización de actividades de carácter no deportivo que se realicen en espacios naturales manteniendo la distancia mínima de 1,5 metros.
    Como el decreto ley modifica un punto de la ley de nueva normalidad vigente, a estas nuevas reglas sobre mascarillas le afectan lo que dice la misma: multas de hasta 100 euros para quien se salte las reglas sobre mascarillas, consideradas sanción leve según la Ley general de salud pública.

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